La ley no hace evidencia: lo que diga un tribunal no cambia la ciencia

monsanto

En los pasados días hemos visto una sentencia histórica en muchos sentidos: Dewayne Johnson, un paciente con cáncer terminal ganaba un juicio contra Monsanto, el gigante agronómico ahora absorbido por Bayer. La jueza dictaminó que la compañía debe pagar a la víctima 250 millones de dólares por daños y 39 millones más como compensación. Según la acusación, Monsanto es causante del linfoma no Hodgkin de Johnson al no advertir adecuadamente de sus posibles efectos. Como decíamos, este caso está siendo histórico, por muchas razones, y va a levantar ampollas en todos los sentidos. Sin embargo, como de costumbre, la relación entre la ciencia y la ley no es nada sencilla.

Cómo funciona un jurado

Los casos que implican al glifosato y los productos que lo llevan se cuentan por cientos. Las acusaciones hacia Monsanto, que fue su descubridora y principal explotadora, son muchas. A su vez, la compañía siempre ha defendido que su uso, bajo ciertas medidas de seguridad, no implica peligro. Eso sí, estas medidas han ido evolucionando y cambiando (acrecentándose), a medida que pasaban los años y aumentaban los conocimientos sobre este producto.

El caso de Dewayne Johnson, en concreto, implica a un paciente de linfoma no Hodgkin terminal y la acusación, precisamente, de no haber advertido de los peligros del uso de este producto. Johnson fue jardinero durante mucho tiempo, y usó durante años los productos con glifosato de la marca. Según la acusación, estos productos son desencadenantes probados de su linfoma.

jurado popular rusia

En este punto, veamos cómo funciona el jurado popular en Estados Unidos. En este país, al contrario que en otros, este tipo de órgano es todavía muy popular, y la Constitución estadounidense cuenta con numerosos artículos que lo recurren. En un jurado popular americano, por ejemplo, debe haber un equilibrio racial y tiene que estar presente en todos los casos federales penales y en todos los casos civiles donde haya una disputa por valor superior a veinte dólares.

Al jurado se le exponen una serie de acusaciones, basadas en unos hechos que se avalan con unas pruebas

El jurado está compuesto por gente elegida al azar y, tras decidir la existencia o no de unos hechos, también decide si el acusado es inocente o culpable. Después, es el magistrado el que determina la sentencia, atendiendo a los hechos y la decisión del jurado. En España, por ejemplo, esto es muy similar pero, tal y como recoge el artículo 125 de la Constitución española y regulado por la Ley orgánica 5/1995, este mecanismo judicial solo se da en el orden penal y para delitos tasados en la ley como homicidio, amenazas, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, cohecho o malversación de caudales públicos.

Así, al jurado se le exponen una serie de acusaciones, basadas en unos hechos que se avalan con unas pruebas. En este caso, que Monsanto no avisó de la relación existente con el cáncer y que, por tanto, Dewayne Johnson no pudo protegerse adecuadamente de las posibles causas adversas. Como consecuencia, el uso inadvertido del producto ha sido un factor desencadenante del linfoma no Hodgkin de Johnson. Esto, además, puede ayudar a crear jurisprudencia, con lo que podría desencadenar un efecto dominó en los cientos de demandas que hay interpuestas contra Monsanto.

¿Cómo ha sido el caso de Dewayne Johnson?

Este jardinero estuvo trabajando durante varios años con dos productos cuyo principal contenido es el glifosato: Roundup y Ranger pro. Según afirma, durante estos trabajos, en más de una ocasión, quedó empapado del líquido herbicida. Durante este tiempo solo una vez sufrió de un sarpullido. Sin embargo, años después, apunta la acusación, este mismo contacto es el que ha promovido que Johnson desarrolle el linfoma no Hodgkin terminal que sufre actualmente.

El jurado popular ha decidido que la compañía es culpable indirecta de desencadenar el linfoma de Johnson

Así, la víctima ha exigido una compensación a la compañía por no haberle advertido adecuadamente de las posibles consecuencias de usar su producto. También ha acusado a la compañía, Monsanto, de ser directa o indirectamente responsable del cáncer terminal que padece. Tras la exposición realizada por las partes que la acusación y la defensa han creído correspondientes, el jurado popular ha decidido que la compañía es culpable tanto de no indicar los peligros del glifosato como de ser un factor desencadenante en el linfoma de Johnson.

El problema principal de esta sentencia, como explica magníficamente Rosa Porcel para The Conversation, es que una decisión jurídica como esta no implica un cambio en la evidencia científica. Monsanto alega que el glifosato, usado correctamente, no supone un problema para la salud. Por otro lado, en las investigaciones llevadas a cabo por la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre el glifosato, existe una evidencia limitada (aunque avalada por los estudios de la EPA) de su relación con el linfoma no Hodgkin, en concreto. La acusación por parte de la acusación no implica que hayan demostrado científicamente nada, sino que el jurado ha hecho su interpretación sobre la exposición hecha por las dos partes.

El glifosato está dentro del grupo 2A de posibles agentes cancerígenos

La gran mayoría de estudios, especialmente algunos muy relevantes, por estar bien diseñados y haber sido probados en las condiciones más adecuadas para representar al "modelo humano", indican que el uso del glifosato bajo las medidas y dosis recomendadas no implica ningún riesgo para la salud. De hecho, actualmente la relación entre el cáncer y este producto es meramente preventiva, como podemos ver en las premisas del IARC.

La Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer, o IARC, es un organismo dependiente de la OMS y encargado de ser el mayor observatorio sobre la relación entre el cáncer y las sustancias sospechosas. De él provienen las advertencias sobre muchos productos y actividades peligrosas o posiblemente peligrosas para la salud. Su clasificación en cuatro grupos es famosa, pues es lo que solemos ver en los medios cuando se habla de que una sustancia es "probablemente cancerígena".

glifosato

Así, cuando el consumo excesivo de carne roja fue determinado como "probablemente cancerígeno", de lo que estamos hablando es que el IARC ha incluido el consumo de carne dentro del grupo 2B. Dentro de este grupo también hay sustancias contenidas en el café o el té mate, por ejemplo. El grupo 2B, en concreto, recoge las sustancias para las que existe una evidencia limitada, pero pruebas insuficientes (realizadas con animales de experimentación).

El glifosato, por ejemplo, se encuentra en el grupo 2A, el cual recoge las sustancias para las que existe una evidencia limitada, pero sí hay algunas pruebas en animales de experimentación. Este grupo no tienen nada que ver con el 1, cuyas sustancias "son cancerígenas para el ser humano", tal y como se ha comprobado en varias ocasiones. El papel del IARC es de advertir en base a las evidencias revisadas con la intención de prevenir, no de etiquetar o juzgar una sustancia. Solo el grupo 1 recoge a los agentes que sabemos a ciencia cierta que son cancerígenos.

Una sentencia no cambia lo que dice la ciencia

El hecho de que el glifosato esté contemplado en el grupo 2A se debe a que las evidencias científicas presentadas hasta la fecha reflejan que su uso normal, en el día a día y en las cantidades indicadas, no se puede asociar directamente a la enfermedad. De hecho, es imposible relacionar directamente el linfoma no Hodgkin de Johnson con el uso del glifosato de forma segura (al igual que también es imposible decir que el glifosato no ha participado como desencadenante). Sin embargo, el jurado ha dictaminado, como hecho, que esto ha sido así.

La víctima, sin embargo, bien podría haber acusado a otras sustancias como la carne roja de la que hablábamos, la mezcla de aloe vera o el café de ser los causantes de su linfoma. Igualmente, tendríamos las misma probabilidades de demostrar que son los causantes: ninguna. Es más, existe otro problema con el linfoma no Hodgkin: no sabemos cuál es la razón de su aparición. Efectivamente, hay estudios que indican que este tipo de linfoma puede darse ante la exposición al glifosato en ciertas cantidades, pero también existen estudios que desmienten estas asociaciones. Como decíamos, por el momento, no hay una evidencia lo suficientemente fuerte que permita asociar la enfermedad, de forma inequívoca, al producto, a pesar de que así se haya sentenciado.

glifosato

Una decisión jurídica como esta no implica un cambio en la evidencia científica

Por otro lado, dentro del grupo 1 del IARC, que recordemos que son las sustancias que sí han sido demostradas como carcinógenas, están las carnes procesadas, el alcohol o el tabaco. Este hombre podría haber demandado a cualquier compañía suministradora de estos productos. Mientras que en el tabaco sí que hay advertencias de sus posibles consecuencias, en las bebidas alcohólicas o los productos ultraprocesados no, ¿podría alguien ganar un juicio contra este tipo de empresas? De nuevo, vemos que el jurado popular en este caso ha jugado un papel esencial juzgando unos hechos que no son sustentados por la evidencia científica.

Es más, ampliando un poco más la revisión de análisis, vemos que no existe realmente una relación entre el glifosato y el cáncer, por ejemplo, en alimentación. Resumiendo mucho los miles (literalmente) de estudios que existen, indican, como decíamos, que no se puede asociar directamente la aparición de un cáncer con el glifosato dentro de un uso normal previsto para esta sustancia. La cuestión es, ¿se puede considerar el uso de Dewayne Johnson como normal? ¿Estaba correctamente advertido de las consecuencias? Según el jurado no, y la culpa la tiene la compañía. ¿Y le causó este mal uso el cáncer a la víctima? De nuevo, según el jurado, sí. Sin embargo, esto, como explicábamos, no se sustenta según la ciencia. Aunque la justicia está para velar por la seguridad de la convivencia, no siempre juega en el sentido de lo las evidencias.

La justicia, la ley y la evidencia no siempre van en el mismo sentido

Este no es ni el primero ni el único caso similar. Hace poco, también, nos encontrábamos con otra sentencia polémica, esta vez por parte del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, el TSJUE: las técnicas conocidas como CRISPR/Cas 9 y derivadas deben ser consideradas OMG y, por ello, pasan a ser reguladas por la directiva 2001/18/CE.

Esta decisión implica una serie de consecuencias jurídicas y económicas importantes para todo el sector. Sin embargo, la decisión tampoco está avalada por la evidencia científica, ya que la edición genética con esta herramienta no presenta los mismos problemas encontrados con la mutagénesis empleada en otros métodos más tradicionales de modificación genética. Como explica nuestro compañero, Javier Jiménez, la decisión del TSJUE no tiene mucho sentido científico, aunque sí jurídico, pues pretende defender a los ciudadanos de los posibles perjuicios (por ahora inexistentes) de una técnica innovadora. Esta decisión es, a pesar de las evidencias científicas, meramente preventiva.

"No tiene sentido científico. Ninguno de hecho. La directiva se hizo, esencialmente, para regular los transgénicos; pero a juicio del Tribunal tiene sentido legal. Y es un problema gordo: la aplicación de la directiva supone bloquear en la práctica el desarrollo de estas técnicas como ocurrió (y sigue ocurriendo) con los transgénicos. Es decir, el resultado más probable es que Europa no podrá competir en la carrera biotecnológica".

También ocurrió algo parecido con el tema de la hipersensibilidad electromagnética o química, enfermedades que, por el momento, no se recogen dentro de las evidencias científicas o los cuadros clínicos médicos. Sin embargo, son varios los casos en los que se les ha adjudicado la baja a los supuestos pacientes de esta enfermedad. Esta, sin embargo, más que una razón física podría tener su origen en una cuestión psicológica. En tal caso, suponiendo que se puede definir la enfermedad, las sentencias actuales serían incorrectas en cuanto a los hechos, pero no en cuanto a la sentencia, porque se les otorga la baja debido a una enfermedad, pero no por las razones alegadas.

jurado popular

De nuevo, aquí nos topamos con que la ley tiene su papel: protegernos y velar por la convivencia. Pero no siempre va en la dirección de lo que la tecnología y la ciencia son capaces de plantear. En ese sentido, es importante que entendamos que una decisión jurídica no implica que un hecho sea cierto, a pesar de que sí lo sean las consecuencias legales. Para que estas dos cosas coincidan, debemos mejorar el sistema en el que los hechos, sean científicos o de otra categoría, se incluyen en la ejecución de la ley. Esto es necesario si queremos ser verdaderamente rigurosos a la hora de dictaminar sentencia.

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Fuente: Xataka
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