Mercadona se negó a entregar a una clienta el vídeo de vigilancia que pedía. Ha sido multada con 170.000 euros
Mercadona ha vuelto a ser multada por un caso de videovigilancia, aunque esta vez sin el polémico reconocimiento facial . Todo empezó a finales de 2020 cuando una clienta solicitó a Mercadona acceso a sus datos personales , en concreto un vídeo captado por las cámaras de seguridad de un accidente que tuvo. Pasó más de un mes y la clienta no obtuvo respuesta. Tras ello decidió escribir el Delegado de Protección de Datos (DPD) de Mercadona, quien le respondió que esas imágenes habían sido borradas . Este hecho sorprendió a la clienta que decidió presentar una demanda ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que ahora ha decidido multar a Mercadona con 170.000 euros por distintos motivos. Si alguien pide acceso a un vídeo, mejor no borrarlo aunque haya pasado un mes La Ley de Protección de Datos española establece la obligación a las empresas de borrar las imágenes grabadas por las videocámaras de seguridad en un tiempo máximo de 1 mes, salvo que haya denuncia, en cuy